Cámara aprueba Código Civil

En el mismo solo se reconoce como
un matrimonio, la unión civil o canónica de dos personas mayores de edad, y se
eliminó el término emancipación que existe en el código vigente.
El hombre y la mujer no podrán
contraer matrimonio antes de haber cumplido los dieciocho años, dice el informe
rendido por la comisión, y que fue aprobado por la mayoría de los diputados.
La iniciativa de la autoría del
diputado Víctor Suárez, define como concepto de matrimonio la unión entre un
hombre y una mujer, con la capacidad requerida para ello, que manifiestan su
consentimiento ante la autoridad competente a fin de establecer una comunidad
de vida entre ambos.
La iniciativa establece además en
su artículo 149 dos formas de celebración del matrimonio con los mismos efectos
jurídicos: la civil y la religiosa,
celebrada de conformidad con la ley.
El proyecto podría quedar aprobado
de manera definitiva en la próxima sesión de la cámara baja, que ya lo ha
sancionado en otras ocasiones, pero ha perimido.
La decisión fue tomada debido a las
posiciones a favor y en contra del artículo que tiene que ver con el matrimonio
entre menores de edad.
Los diputados también aprobaron en
primera lectura, con algunas modificaciones, el proyecto de Ley Orgánica del
Ministerio del Interior, de la autoría del diputado Manuel Orlando Espinosa.
Fuente: www.listindiario.com.do
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