SCJ ratifica vía virtual para conocer pedido de extradición a Yamil Abreu
La Segunda Sala de la Suprema Corte de
Justicia (SCJ), que conoce la solicitud de extradición de Yamil Abreu
Navarro, rechazó este miércoles el pedido de la defensa de trasladar las
audiencias a la modalidad presencial y ordenó proseguir por la vía
virtual como se estableció desde el conocimiento de la medida
de coerción.
Tras esta decisión y a solicitud del
requerido, la sala de lo penal suspendió el conocimiento del caso y lo
aplazó para el 12 de agosto a las 10:00 de la mañana, a fines de
dar oportunidad a la representación técnica para preparar sus
presupuestos de defensa frente a las pruebas depositadas por las
autoridades de Estados Unidos.
Los magistrados Francisco Antonio
Jerez Mena, presidente, María Garabito Ramírez, Vanessa Acosta, Fran Euclides
Soto y Francisco Ortega Polanco consideraron desprovista de sustentación la
opción de la defensa por la presencialidad en reclamo de garantías
fundamentales del proceso.
Dijeron que en esta audiencia se ha
garantizado la oralidad, la libre expresión, la publicidad y el principio
de contradicción, pues todas las partes han tenido oportunidad de
presentar sus argumentos, contraargumentos y replicarios.
Los magistrados resaltaron además,
que el proceso no consiste en un debate sobre la culpabilidad o no del
imputado, a quien se le han respetado en todo momento sus derechos
fundamentales y constitucionales, sino en determinar el sustento jurídico del
pedido en extradición.
La alta tasa de contagios y muertes
que actualmente atraviesa el país como consecuencia de la pandemia por
coronavirus fue expuesta como razón para la virtualidad, a fin de
preservar la salud de los jueces y juezas, servidores y usuarios del
sistema de justicia, según consideraron los magistrados en el fallo del
incidente.
El Ministerio Público,
representado por Francisco Cruz Solano, manifestó que el país vive
una situación extrema por la pandemia del COVID-19, circunstancia
esta que dio origen a la aprobación de la resolución
007-2020, del Consejo del Poder Judicial, que instaura las audiencias
virtuales en el país.
Agregó que las
partes envueltas en el proceso de extradición, incluyendo a la defensa,
dieron consentimiento para la celebración de esta audiencia virtual.
“Porque no es posible conocer una audiencia virtual sin las partes aceptarla
previamente. Y en este proceso hemos conocido dos audiencias antes del señor
Abreu Navarro haber presentado la objeción al conocimiento mediante esta vía”.
“Las partes consintieron someterse a
la plataforma del servicio virtual, por lo que no se puede retornar en un
futuro a la modalidad presencial en el mismo caso”, insistió el Ministerio
Público.
Por
último, Analdys Alcántara Abreu, abogada representante del Gobierno
de los Estados Unidos para el proceso de extradición, se adhirió a sus
conclusiones del Ministerio Público.
Comentarios
Publicar un comentario