Iglesia católica prohíbe esparcir cenizas de los difuntos o tenerlas en casa
La Doctrina de la Fe, el ex Santo Oficio, ha redactado un
nuevo documento con el nombre de "Instrucción Ad resurgendum cum
Christo" que sustituye al anterior de 1963, que fue aprobado el 18 de
marzo de 2016 por el papa Francisco y que pone orden ante las nuevas prácticas
tanto de sepultura como de cremación consideradas "en desacuerdo con la fe
de la Iglesia".
En el documento se explica que aunque la Iglesia sigue
prefiriendo la sepultura de los cuerpos, se acepta la cremación pero se prohíbe
esparcir las cenizas, dividirlas entre familiares o conservarlas en casa.
"Para evitar cualquier malentendido panteísta,
naturalista o nihilista, no será permitida la dispersión de las cenizas en el
aire, en la tierra o en el agua o en cualquier otra forma, o la conversión de
las cenizas en recuerdos conmemorativos, en piezas de joyería o en otros
artículos", se lee en este documento.
Además, advierte que "en el caso de que el difunto
hubiera dispuesto la cremación y la dispersión de sus cenizas en la naturaleza
por razones contrarias a la fe cristiana, se le han de negar las exequias".
Aunque después se especificó durante la presentación del
documento que la negación del funeral será sólo si el difunto ha manifestado en
sus últimas voluntades el deseo de esparcir las cenizas con expreso rechazo de
las prácticas de la fe cristiana.
La Iglesia católica señala que no se pueden permitir
"actitudes y rituales que impliquen conceptos erróneos de la muerte,
considerada como anulación definitiva de la persona, o como momento de fusión
con la Madre naturaleza o con el universo, o como una etapa en el proceso de
reencarnación, o como la liberación definitiva de la 'prisión' del
cuerpo".
El ex Santo Oficio agrega además que la conservación de las
cenizas en el hogar está permitida "sólo en casos de graves y
excepcionales circunstancias", y cuando una persona lo pida "por
piedad o cercanía", explicó el consultor de la Congregación de la Doctrina
de la Fe, el español Ángel Rodríguez Luño, en la rueda de prensa de la
presentación del documento.
Para la Iglesia, "la conservación de las cenizas en un
lugar sagrado puede ayudar a reducir el riesgo de sustraer a los difuntos de la
oración y el recuerdo de los familiares y de la comunidad cristiana".
Así, agregan, "se evita la posibilidad de olvido, falta
de respeto y malos tratos, que pueden sobrevenir sobre todo una vez pasada la
primera generación, así como prácticas inconvenientes o supersticiosas".
Por ello, las cenizas del difunto, "por regla general,
deben mantenerse en un lugar sagrado, es decir, en el cementerio o, si es el
caso, en una iglesia o en un área especialmente dedicada a tal fin por la
autoridad eclesiástica competente".
El prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, el
cardenal Gerhard Mueller, explicó hoy ante estas decisiones que "los
muertos no son propiedad de los familiares" y que "son hijos de Dios,
forman parte de Dios y por ello no se celebran ritos privados sino ceremonias
públicas y esperan en un campo santo su resurrección".
La Iglesia, aunque autoriza la cremación "por razones de
tipo higiénico, económicas o sociales", sigue prefiriendo la sepultura de
los difuntos porque "favorece el recuerdo y la oración por los difuntos
por parte de los familiares y de toda la comunidad cristiana, y la veneración
de los mártires y santos".
No obstante, "la Iglesia no ve razones doctrinales para
evitar esta práctica, ya que la cremación del cadáver no toca el alma y no
impide a la omnipotencia divina resucitar el cuerpo", escriben.
Pero para el secretario de la Comisión Teológica
Internacional, Serge-Thomas Bonino, quien intervino en la rueda de prensa,
"la cremación es algo brutal. No es un proceso natural sino que interviene
la técnica y no permite a las personas cercanas acostumbrarse a la falta de un
ser querido".
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