TSE fallará a las 5:00 de la tarde acción de amparo contra JCE por suspender las elecciones

El TSE fijó el
fallo para las 5:00 de la tarde, al cierre de los debates expuestos en la
audiencia celebrada este jueves, que inició a las 10:00 de la mañana,
encabezada por su presidente Román Jáquez Liranzo.
La acción
fue sometida por los abogados Ángel Lockward, Carlos Escalante, Felidonio
Rodríguez, Dohrys Abrajim Ruiz, Eilin Bautista y Pamela Santana.
Los accionantes
pidieron al TSE que fije por sentencia la fecha de los comicios, porque
consideran que ese tribunal es el competente tanto para anular como para
convocar a unos nuevos comicios, no la JCE.
También
solicitaron al TSE que disponga que la votación sea en boletas
impresas, aunque la impresión provenga del mismo aparato de votación y el
conteo manual, a fin de garantizar la eficacia al sufragio vulnerado.
El abogado Ángel
Lockward señaló que la figura de la suspensión de las elecciones no existe
en la legislación constitucional dominicana ni en la electoral, lo cual fue
rechazado por la defensa legal de la Junta, que afirmó tiene competencia para
suspender los comicios.
Lockward sostuvo
que no importa que el TSE ordene lo mismo que decidió la Junta, porque lo
importante es que lo haga el tribunal competente.
Mientras el
abogado de la JCE, Miguel Pereyra, planteó que el TSE es incompetente para
conocer ese amparo, porque se ataca un acto emitido por un órgano de la
administración pública, como la Junta, y que esto es facultad del Tribunal
Superior Administrativo.
Pidió al TSE se
declare incompetente para conocer la petición de inconstitucionalidad por la
vía difusa, contra las resoluciones de la Junta que suspendieron las elecciones
municipales del domingo 16 de febrero y la que convocó a nuevas elecciones para
el 15 de marzo.
Además, que
declare inadmisible la acción por falta de objeto porque ya la junta fijó fecha
de elecciones y decidió que serán con boletas impresas y por considerar también
que existe otra vía idónea para tutelar los derechos que se alegan fueron
violados, que es el recurso contencioso ante el Tribunal Superior
Administrativo.
Fuente: www.listindiario.com.do
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