El Senado convierte en ley nuevo Código Penal
Después de casi veinte años de debates, República Dominicana
tendrá un nuevo Código Penal para enfrentar los hechos de delincuencias, ya que
el Senado convirtió anoche finalmente en
ley el discutido proyecto de modificación.
La propuesta fue aprobada por 19 de los 20 senadores
presentes en la sesión, tras rechazarse una petición del senador Julio César
Valentín para que la iniciativa se quedara sobre la mesa.
El nuevo código, ya aprobado por la Cámara de Diputados,
mantiene la penalización del aborto y aumenta la pena máxima de 30 a 40 años,
además de que establece la acumulación de sanciones hasta los 60 años de
prisión y penaliza la invasión y ocupación de tierras.
Las discusiones sobre la necesidad de cambio del actual Código Penal, que data
de principio del siglo XIX, iniciaron en 1997, y a pesar de que diferentes
propuestas han sido aprobadas indistintamente, tanto en el Senado como en la
Cámara de Diputados, no había sido posible convertirlo en ley.
El aborto
El tema de la interrupción del embarazo, la legalidad o no
del aborto, fue siempre el motivo que prácticamente dividió al país sobre este
proyecto. Incluso en noviembre del 2014,
el Congreso Nacional logró convertirlo en ley, pero el presidente Danilo
Medina lo observó y lo devolvió a la Cámara de Diputados, de donde
provino.
Medina observó los artículos referentes al aborto, a fin de
que los legisladores especificaran las excepciones que deben prevalecer en caso
de penalizar la interrupción del embarazo.
Mediante una carta enviada al entonces presidente de la
Cámara, Abel Martínez, el mandatario detalló que la observación recae
exclusivamente sobre los artículos que van del 107 al 108 que conforman en su
conjunto la Sección III del Capítulo I, Título II de la ley, relativos a la
tipificación penal de la interrupción del embarazo. “La redacción del artículo
107 de la ley no satisface las exigencias que se derivan del principio de la
legalidad, uno de los elementos de la cláusula constitucional del Estado de
Derecho”, dijo el mandatario. Agregó que
ese contenido pone en juego los derechos fundamentales de las mujeres
embarazadas, como el derecho a la vida y a la salud, el respeto a la dignidad
humana y a su integridad psíquica y moral, que se constituirían “en auténticas
situaciones eximentes de responsabilidad penal”.
Pero al ser aprobada en la Cámara de Diputados, se le eliminó
el párrafo que mandaba a la creación de una ley especial sobre ese tema, cuyo
párrafo expresa: “La interrupción del embarazo por causa de violación, incesto
o por malformaciones del embrión incompatible con la vida clínicamente
comprobada, estarán sujetos a los requisitos y protocolos que se establezcan
mediante ley especial”.
En el artículo 131, referente a hacer disparos innecesarios
con un arma de fuego, se sanciona con las penas de un día a un año de prisión
menor y multa de uno a dos salarios, en caso de que este hecho ocasione una
lesión como este, la sanción será mucho mayor.
Sobre los arrestos
ilegales o rapto y secuestro de una persona utilizando engaño o violencia, con
cualquier fin se sancionarán con la pena de 4 a 10 años de prisión mayor, y
multas de 4 a 10 salarios.
LAS CONDENAS POR DIFERENTES DELITOS
Sobre el secuestro, se contemplan penas de 20 a 30 años y
fija castigos de cuatro a 10 años a los adultos que induzcan a menores a
cometer actos delincuenciales. Asimismo, se castiga la invasión de terreno, el
feminicidio, el envenenamiento, y el crimen de lesa humanidad; agresiones
sexuales, violencia doméstica e intrafamiliar.
Asimismo, el proyecto tipifica como robo agravado las
sustracciones de objetos a personas que han sufrido accidentes de tránsito. El
Código Penal establece pena de 40 años de prisión para los que cometan
feminicidio, y sanción similar para los que usen contra las personas el químico
conocido como “ácido del diablo”.
Igual, se sancionará con pena de 30 a 40 años de prisión a la
persona que mate o hiera a traición a otra, que empleen gases prohibidos o
tóxicos, violación a la esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazada
forzada y esterilización forzada, entre otras.
Fuente: www.listindiario.com.do
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