TSA declara ilegal aumento de 14% al salario mínimo emitido por el Comité Nacional de Salarios


TSA declara ilegal aumento de 14% al salario mínimo emitido por el Comité Nacional de SalariosA través de la sentencia 0030-02-2019-SSEN-00341 el Tribunal Superior Administrativo (TSA) declaró ilegal  la  resolución que ordena alza salarial de un 14% emitida por el Comité Nacional de Salarios (CNS) emitida en agosto de este año.
Asimismo, el Tribunal Superior Administrativo ordenó al CNS disponer un aumento salarial de acuerdo a la ley de clasificación de empresas y de las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) de acuerdo a las declaraciones ofrecidas esta mañana por la Federación de Asociaciones Industriales y la Federación Dominicana de Comerciantes.
Según la sentencia el TSA dictó que el alza salarial debe ser realizada de acuerdo a la Ley 187-17, que establece la clasificación de las empresas, y la Ley 488-08 sobre Mipymes.
Mediante los documentos presentados por los comerciantes,  esta sentencia suspende de manera inmediata la aplicación del aumento del salario mínimo y el salario mínimo cotizable que aplica la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) a las Mipymes como consecuencia de la vulneración de los p[principios de juridicidad y coherencia con los cuales debe actuar la administración pública.
Esto significa que la resolución 22/2019 no aplica a las Mipymes, ni a la gran empresa, lo que obliga a convocar nuevamente al Comité Nacional de Salarios y emitir una nueva resolución.
A partir del 15 de agosto de este año y de acuerdo a la resolución del CNS  los salarios quedaron de la siguiente manera: trabajadores del sector privado no sectorizado ganan RD$17,610, RD$12,107 y RD$10,730.
Los trabajadores del reciben RD$400 diarios por jornada de diez horas. El salario puede aumentar o disminuir cuando la jornada comprenda sea mayor o menor al período indicado.
El salario fijo para los trabajadores que prestan servicio como vigilantes en las empresas de guardianes privados es de RD$15,000.



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