PLD no recurrirá a sentencia del Tribunal Superior Administrativo
La resolución
número 01-2021 de la JCE determinó que sólo el Partido Revolucionario Moderno
(PRM) y el PLD habían adquirido los votos suficientes para la distribución del
80% de los fondos públicos.
Sin embargo, la
sentencia del TSA reconoció a los partidos Fuerza del Pueblo (FP) y
Revolucionario Dominicano (PRD) como fuerzas mayoritarias. Tras esta decisión,
la semana pasada el Comité Político anunció que interpondría un recurso de
casación ante la Suprema Corte de Justicia.
En horas de la
mañana de este jueves se llevó a cabo la reunión donde los medios de
comunicación no tuvieron acceso y tras la salida de los miembros del partido,
el secretario general del Partido de la Liberación Dominicana, Charlie
Mariotti, sólo se limitó a decir que “la Secretaría de Asuntos Jurídicos
emitirá un comunicado”.
“En este sentido, el PLD, luego de un
proceso de reflexión sobre la importancia de contribuir al fortalecimiento del
sistema de partidos, ha decidido no recurrir a la sentencia del TSA, a pesar de
que dicha sentencia carece de los más elementales fundamentos jurídicos para
elevar a derecho fundamental el acceso a los fondos públicos por parte de los
partidos políticos; y para decidir la aplicación de manera acomodaticia el
principio de favorabilidad en una situación en la que es notoriamente
improcedente”, dice de forma textual una nota de prensa publicada por el PLD.
Asimismo, la referida organización atribuye que tomó la
decisión “no sólo a favor de un partido, como ordenaba la decisión judicial,
sino de manera transversal a todos los partidos, agrupaciones y movimientos
políticos del sistema, para no afectar a esas otras organizaciones políticas”.
Con esta disposición resaltan que las demás
organizaciones recibirán mayor cantidad de recursos económicos para su
funcionamiento y operatividad.
“En adición, el Partido de la Liberación Dominicana
aprovecha la ocasión para denunciar que con la ejecución inmediata de la
sentencia, a pesar de la prohibición establecida expresamente en la decisión
del TSA, la Junta Central Electoral ha violado flagrantemente el principio de
legalidad, toda vez que la toda vez que la Ley 834 de 1978 y la Ley 3726 de
Casación, modificada por la Ley 491-08, establece que ninguna sentencia
adquiere irrevocablemente la autoridad y la fuerza de la cosa juzgada mientras
se mantenga hábil el plazo de ley para recurrir; decisión ésta que preocupa
sobremanera al PLD pues este hecho representa un acto de parcialidad de un
árbitro que está llamado a ser imparcial”, apuntó el bando morado.
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