Banco Central responde denuncia de Ramón Báez Figueroa
Comunicado íntegrado del Banco Central de la República Dominicana, referente a la denuncia presentada por Ramón Báez Figueroa ante la Procuraduría General de la República, el pasado 17 de octubre, en la que solicita la realización de una investigación por supuestas irregularidades en la administración y disposición de los activos del Banco Intercontinental, S.A. (Baninter), cometidas en el proceso de liquidación de la referida entidad de intermediación financiera.
El Banco Central de la República Dominicana y la Comisión de Liquidación Administrativa del Banco Intercontinental, S.A. (CLAB) cumplen con el deber de informar al país lo siguiente:
1.
Ante la magnitud del fraude comprobado,
cometido por Ramón Báez Figueroa y otros en Baninter y por el cual fueron
condenados irrevocablemente en lo penal y en lo civil, se inició el proceso de
disolución y posterior liquidación de la referida entidad, conforme a lo
ordenado por la Junta Monetaria.
2.
Cumpliendo cabalmente con el mandato de la
Constitución y de la Ley Monetaria y Financiera, núm. 183-02, la Junta
Monetaria se vio precisada a nombrar una Comisión de Liquidación
Administrativa, para que administrara y realizara los activos de dicha entidad
bancaria, la cual fue designada mediante la Segunda Resolución del 12 de agosto
de 2003.
3.
El proceso de liquidación se ha extendido hasta
la fecha, quedando algunos activos por realización, de los que pudieron ser
identificados, en especial por las particularidades del enorme fraude del que
dan cuenta las sentencias de condena de los tribunales, los que comprobaron que
Ramón Báez Figueroa y los otros condenados operaban un banco paralelo, que le
permitía ocultar a las autoridades de la supervisión bancaria los reales activos
y pasivos de la entidad. Esto ha implicado prolongados procesos para regularizar
la titularidad de estos activos, para su posterior realización, varios de los
cuales aún se encuentran siendo conocidos por los tribunales y que han
implicado grandes y sostenidos esfuerzos para su culminación exitosa.
4.
Durante el transcurso de este año, Ramón Báez
Figueroa solicitó a la CLAB y al Banco Central el suministro de diversas
informaciones y documentos del proceso de liquidación del Baninter. Todas estas
solicitudes le fueron debida y oportunamente entregadas con completos detalles
y documentos, disponibles en los archivos. Efectivamente, la CLAB le respondió mediante
comunicaciones de fechas 5 de mayo, 30 de junio y 20 de julio de 2023, y el Banco
Central el 29 de junio de 2023.
5.
Dichas respuestas se inscriben en las políticas
de estricto apego a las obligaciones de transparencia y legalidad que han
caracterizado las actuaciones del Banco Central y de la CLAB, conforme lo
contemplado en la Constitución y las leyes, y al derecho de acceso a la
información pública que tienen todas las personas.
6.
El 24 de octubre de 2023, Ramón Báez Figueroa notificó tanto al Banco Central como
a la CLAB la denuncia antes citada. De igual modo, en fechas posteriores, Báez Figueroa
se presentó en, al menos, un programa de televisión, en el cual se refirió a la
indicada denuncia y ha cuestionado, de forma infundada, diversos aspectos del
proceso de liquidación, al tiempo de pretender que el país olvide que fue
condenado precisamente por todos los fraudes detectados.
7.
Ante la señalada denuncia, el Banco Central y la
CLAB reiteran su disposición de suministrar, de manera diligente y responsable,
toda la información y documentación que sea requerida por el Ministerio Público.
8.
Sobre los cuestionamientos de Ramón Báez Figueroa
al proceso de liquidación, resulta pertinente edificar a la opinión pública
sobre los siguientes aspectos:
a)
Ramón
Báez Figueroa fue condenado de manera definitiva a cumplir 10 años de reclusión
mayor y una multa de 100 salarios mínimos a favor del Estado dominicano, al ser
declarado culpable de alteración, desfiguración y ocultación de datos o
antecedentes, libros, estados de cuentas con el fin de obstaculizar,
dificultar, desviar o evadir la fiscalización que correspondía efectuar a la
Superintendencia de Bancos, así como la elaboración, aprobación o presentación
de un balance o estado financiero adulterado o falso, y la ejecución y
aprobación de operaciones para encubrir la situación de Baninter, tales como el
registro como activos reales de elevados montos de valores inexistentes y
millonarios sobregiros a vinculados, afectando los niveles de recuperaciones
del citado banco para cubrir las obligaciones del hoyo financiero que ocasionó
su quiebra; abuso de confianza y lavado de activos.
b)
En el aspecto civil, Ramón Báez Figueroa fue condenado al
pago de: (i)
RD$50,082,450.10 a favor la Superintendencia de Bancos; (ii)
RD$18,743,000,000.00 a favor del Banco Intercontinental, S. A.; y, (iii) RD$
44,552,706,192.00 a favor del Banco Central de la República Dominicana, por
concepto de la reparación por los daños y perjuicios ocasionados a estas
entidades, como
consecuencia de los graves delitos por los cuales fue condenado.
c)
La sociedad dominicana debe conocer, tal y como
le fuera informado a Ramón Báez Figueroa en la comunicación del Banco Central
del 29 de junio de 2023, que, al cierre de las operaciones del 30 de abril de
2023, el total de los desembolsos hechos por este para cubrir los pasivos y
deudas de Baninter asciende a RD$74,493,749,211.84. En tanto que, el monto de las recuperaciones de
la CLAB, recibidas por el Banco Central y que han sido aplicadas como abono a
los indicados desembolsos realizados, asciende a RD$16,163,820,913.04. De ahí
que, el balance a la fecha de recursos públicos a recuperar por este concepto es
de RD$58,329,928,298.80.
d)
Por esto, es totalmente falsa la afirmación de
Ramón Báez Figueroa de que no sabe cuánto se ha recuperado del proceso de
liquidación de Baninter y que no se explica cómo su deuda con el Banco Central
sigue siendo igual, en particular porque de los RD$44,552,706.192.00 a los que
fue condenado firmemente por la justicia dominicana, por concepto de daños y
perjuicios, no ha pagado suma alguna a la fecha en provecho del Banco Central.
9.
Es obvio que Ramón Báez Figueroa confunde su
persona con el Banco Intercontinental, S.A. y el Grupo Intercontinental, S.A.,
al atribuirle al Banco Central y a la CLAB falta de gestión en operaciones
comerciales realizadas directamente por él y que nunca fueron registradas en la
contabilidad como activos de Baninter sujetos a liquidación. Por igual, ignora
su condena en daños y perjuicios sin diferenciarla de los balances que resultan
del proceso de liquidación administrativa de Baninter, conceptos totalmente
distintos.
10.
De igual forma, Ramón Báez Figueroa sostiene
que en ocasión del pago de certificados de depósitos fueron entregados valores
a personas que no tenían inversiones en Baninter, insinuando que fueron
emitidos para favorecer a determinadas personas. Sin embargo, el Banco Central
y la CLAB recuerdan al país que el pago de los certificados de Baninter a las
personas que confiaron sus depósitos a dicha entidad fue realizado luego de la
validación de las autoridades competentes.
11.
El Banco Central de la República Dominicana y la
CLAB reiteran que todas sus actuaciones, tanto en el proceso que culminó con la
condena penal y civil de Ramón Báez Figueroa como en la realización de los
activos de Baninter, en ocasión del denominado Caso Baninter, seguirán siendo
realizadas con el mismo compromiso, responsabilidad, legalidad y transparencia
con que lo han hecho siempre, en cumplimiento de los mandatos constitucionales
y legales.
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