Banco Central hace aclaración sobre el financiamiento a la vivienda mediante liberaciones de recursos del encaje legal
Declaró que esas declaraciones han creado confusión a la ciudadanía sobre la provisión de financiamiento a dicho sector. " A tal efecto, con la finalidad de clarificar y mantener debidamente edificado al público general, agentes económicos, así como a miembros del citado gremio de constructores y promotores de viviendas, se presenta un análisis sobre los préstamos otorgados por las entidades de intermediación financiera utilizando recursos liberados del encaje legal como parte del programa aprobado por la Junta Monetaria desde junio de 2025".
El Banco Central recordó que ese programa de liquidez se aprobó por un monto de RD$81 mil millones, distribuidos en RD$64 mil millones de recursos liberados del encaje legal y la recolocación de RD$17 mil millones de préstamos de facilidades de liquidez rápida (FLR) programados para haber llegado a su vencimiento y retornado al Banco Central a partir de junio de 2025.
"Al 30 de
noviembre de 2025, las entidades de intermediación financiera habían utilizado
RD$76 mil millones de los RD$81 mil millones aprobados, equivalentes al 93 %
del monto autorizado. De este monto utilizado, RD$62 mil millones
correspondieron a préstamos otorgados mediante liberaciones de encaje legal
para sectores productivos a tasas de interés de hasta un 9 % anual y a las
micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) a tasas de interés competitivas
según este segmento de mercado. Cabe destacar que, además, estos sectores
productivos incluyen préstamos interinos para la construcción en proyectos
específicos de viviendas, la adquisición de soluciones habitacionales de bajo
costo y la compra de otras tipologías de viviendas", subrayó.
En
ese orden, del referido monto de RD$62 mil millones desembolsados por las
entidades de intermediación financiera mediante liberaciones de encaje legal, se
destinaron RD$13,947 millones para las actividades de construcción, comprendiendo
la compra de terrenos, maquinarias, equipos e insumos utilizados tanto para las
etapas de levantamiento como de terminación de nuevos proyectos residenciales y
comerciales. A su vez, este monto incluye RD$1,882 millones para la
construcción de nuevas viviendas de bajo costo.
En lo
concerniente a préstamos para la adquisición de viviendas, dijo que las entidades
bancarias otorgaron RD$8,575 millones con recursos del encaje legal para tales
fines, de los cuales RD$5,278 millones se utilizaron para la compra de
viviendas de bajo costo e interés social y RD$3,297 millones a la adquisición
de otros tipos de unidades habitacionales.
Enfatizó que mediante los recursos dispuestos del encaje legal a partir de junio de 2025, las entidades han canalizado RD$22,522 millones para actividades asociadas a la construcción y compra de inmuebles, representando cerca del 36 % de los RD$62 mil millones liberados.
Señaló que considerando
solo el segmento de las viviendas de bajo costo, el sistema financiero ha
otorgado RD$7,160 millones tanto para su construcción como su adquisición, lo
cual representa el 12 % del monto utilizado de las medidas de encaje legal.
Aseguró que con esas canalizaciones de recursos al sector de las viviendas, se demuestra a su
vez el compromiso actual y continuado de la Junta Monetaria, el Banco Central y
el sistema financiero en apoyar este importante sector de la economía
dominicana, convencimiento que se evidencia, además, en liberaciones anteriores
de recursos del encaje legal que han beneficiado al sector, como el caso de las
aprobadas en 2015 y 2016 por RD$22,239 millones, 2019 con RD$34,360 millones,
2023 con RD$21,424 millones y 2024 con RD$35,355 millones.
Recordó a la ciudadanía en general, que los recursos del encaje legal son propios de las entidades bancarias como proporción de sus depósitos, siendo una reserva prudencial mantenida por éstas en el Banco Central. Las decisiones de otorgamiento de créditos con estos recursos son adoptadas por cada intermediario financiero, según su volumen de operaciones, apetito de riesgo y segmento de especialización de crédito.
En ese sentido, manifestó que dichas
entidades evalúan el riesgo financiero de los deudores para concretar la
decisión de facilitar o no el financiamiento, actuando prudentemente en
protección de los depósitos de los ahorrantes y en procura de asegurar la
reposición futura del encaje legal, una vez son pagados los financiamientos
otorgados bajo esta modalidad.
A su
vez, para acceder a las liberaciones del encaje legal, las entidades se
encuentran obligadas a remitir previamente al Banco Central los elementos
probatorios de las operaciones, tales como los contratos, actos constitutivos o
pagarés suscritos con los deudores beneficiarios, las evidencias de desembolso
al deudor final, con especificación del monto, tasa de interés, plazo y destino
del financiamiento conforme las exigencias dispuestas por la Junta Monetaria.
Estas condiciones son verificadas antes y después de los desembolsos y sujetas a
los procesos de auditoría interna.
Impacto
en el crecimiento del crédito y tasas de interés del sector
Asimismo, el Banco Central destacó que como se ha observado, con la adopción de las medidas de liquidez en junio de 2025 el sector de la construcción y de adquisición de viviendas ha percibido un mayor flujo de financiamiento que se ha reflejado en las estadísticas agregadas del crédito en moneda nacional para estos renglones económicos, remitidas por las entidades de intermediación financiera.
En ese tenor, indicó que durante el período
noviembre 2024-2025, la tasa de expansión del crédito para la construcción fue
de 25.5 %, mientras que para la adquisición de viviendas resultó en 11.4 %. En
ambos casos, las tasas de crecimiento son superiores al ritmo de crecimiento de
los préstamos privados en moneda nacional, que al cierre de noviembre crecieron
en torno al 8 % interanual.
En lo relativo a las tasas de interés y tomando como punto de partida el mes de mayo de 2025 por ser previo al inicio de las medidas, se observa que de mayo a noviembre de 2025 se redujeron las tasas de interés activas de la banca múltiple en sus préstamos al sector construcción de 14.7 % a 12.4 %, para una importante disminución de 232 puntos básicos.
Por su parte, sostuvo las tasas de
interés de préstamos hipotecarios para la adquisición de inmuebles se redujeron
de 12.1 % a 11.3 % en el mismo intervalo de tiempo, completando una reducción
de 80 puntos básicos.


Consideraciones
finales
Como se ha
mostrado, las medidas de liquidez aprobadas por la Junta Monetaria en junio de
2025 han resultado en la canalización de recursos hacia las actividades de
construcción, así como para la adquisición de nuevas viviendas, incluyendo las
soluciones habitacionales de bajo costo.
A la par de esto,
el ritmo de crecimiento del crédito en estos renglones económicos muestra tasas
de expansión superiores al resto del sector privado en moneda nacional,
indicando una dinámica favorecedora del sector de las viviendas en comparación
con el resto de los sectores. Lo anterior, reiteramos, se ha acompañado de
menores tasas de interés activas en el período de las medidas, evidenciando que
la provisión del financiamiento se ha caracterizado tanto por su dinamismo como
por ser gradualmente más asequible, en línea con la vocación inicial del
programa adoptado por la Junta Monetaria.
Por lo antes
expuesto, entendemos que carecen de fundamento y sustento estadístico las
interpretaciones elaboradas a partir de las declaraciones de la presidenta de
la Asociación Dominicana de Constructores y Promotores de Viviendas, sobre la
inexistencia de financiamiento a dicho sector como parte de las medidas de
encaje legal aprobadas en junio de 2025.
Finalmente, el
Banco Central reafirma su disposición de continuar realizando las aclaraciones
que sean necesarias sobre los aspectos más relevantes del quehacer económico y
financiero de nuestro país, así como a trabajar de forma mancomunada con los
gremios de los principales sectores de la economía dominicana, incluyendo
aquellos pertenecientes al sector de las viviendas, como parte de nuestra
misión constitucional y legal.
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